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Presidente Mulino anticipa posible veto a la Ley de la Silla de Retención Infantil


El presidente de la República de Panamá, José Raúl Mulino, expresó su intención de vetar la ley que regula el uso de sillas de retención infantil en vehículos privados, calificándola como inconveniente.

Mulino cuestionó la coherencia de aplicar esta normativa a los automóviles particulares mientras los autobuses colegiales continúan transportando niños sin cinturones de seguridad.


Los automovilistas que no cumplan con transportar niños de 135 centímetros o menos deberían pagar una multa de 50 a 500 dólares, según la reincidencia.


“Veo los buses coasters amarillos todas las mañanas y los niños van sin ningún tipo de sujeción, corriendo de un asiento a otro. No tiene sentido exigir estas medidas solo para los autos privados cuando los buses escolares también representan un riesgo” José Raúl Mulino, Presidente de la República de Panamá

El presidente enfatizó la necesidad de revisar la seguridad en el transporte escolar antes de imponer nuevas regulaciones a los vehículos familiares. En ese sentido, señaló que le solicitó a Presidencia un análisis exhaustivo del proyecto de Ley.


Consultado sobre la estadística de niños menores de 12 años que han fallecido en accidentes de tránsito señaló que "no creo que sea una estadística importante pero pasan cosas".


"Mi nieta de siete años me habló muy compungida, que yo la iba a obligar a andar en sillita cuando ella no cabe en sillita. Yo no sabía ni de qué me estaba hablando. Y me dijo que tú has puesto una ley que los niños debemos treparnos en una sillita y no quepo. Me tomé el trabajo en investigar y, en efecto, he pedido a Asesoría Legal que la analice", indicó.


Debido al rechazo de la opinión pública y de algunos dirigentes políticos, la diputada Yarelis Rodríguez, proponente del Proyecto de Ley No. 52, que establece el uso obligatorio de sillas de retención infantil (SRI), solicitó el veto presidencial.


En la normativa, que se aprobó el 25 de marzo en el pleno de la Asamblea Nacional de Panamá, se excluyó la obligación a incorporar la silla de retención infantil a los taxis, transporte colectivo de pasajeros, transporte colegial, transporte privado con conductor, vehículos comerciales, de emergencia, de turismo y humanitarios.


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